El objetivo del programa es facilitar el acceso a las familias a una solución habitacional a través del sistema cooperativo, en el marco de las leyes y reglamentos vigentes que lo regulan.
«Las cooperativas de vivienda son aquellas que tienen por objeto principal proveer alojamiento adecuado y estable a sus socios, mediante la construcción de viviendas por esfuerzo propio, ayuda mutua, administración directa o contratos con terceros, y proporcionar servicios complementarios a la vivienda.»
de acuerdo a la Ley n° 18.407
Contar con un mínimo de diez socios (10) para construir viviendas nuevas y de seis socios (6) si se trata de reciclaje. El máximo en ambos casos es de cincuenta (50).
Los ingresos dependen de la cantidad de integrantes del grupo familiar:
Integrantes | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 |
---|---|---|---|---|---|
Ingresos | 40 UR | 60 UR | 72 UR | 84 UR | 96 UR |
Estos criterios comenzarán a regir para los llamados convocados a partir de la aprobación de la Resolución Ministerial 1573/2017 del 11 de octubre. Regirá para aquellas cooperativas que aún no tengan la factibilidad de terreno aprobada o condicionada, sin perjuicio de los requisitos adicionales que se puedan exigir en cada uno de los programas habitacionales ejecutados por esta Secretaría de Estado.
- Los socios titulares deben ser mayores de edad
- Residir en el territorio nacional
- No ser propietarios de una vivienda
- La Cooperativa debe tener contrato firmado con un Instituto de Asistencia Técnica autorizado por el Mvotma . (Ver listado de IAT 2020 para descargar)
- Tener aprobado anteproyecto arquitectónico en la ANV para participar del sorteo.
- El Mvotma realiza un sorteo entre las cooperativas que hayan aprobado la etapa del anteproyecto y posean certificado de regularidad vigente.
- Las cooperativas sorteadas deberán presentar el proyecto ejecutivo.
Pasos a seguir para formar una cooperativa
Acta de fundación
Labrar un acta de fundación con asistencia de Escribano Público, en la que se aprueba el estatuto; solicitar la personería jurídica; e inscribir el estatuto en el Registro de Personas Jurídicas, Dirección General de Registros.
Registro de la cooperativa (en Mvotma)
- Se debe registrar a la cooperativa y solicitar el Certificado de Regularidad. El primer Certificado de Regularidad de cada Cooperativa será tramitado ante la Unidad de DINAVI «Registro y Control de Cooperativa y Fondo Sociales de Viviendas» ubicada en Montevideo. Las renovaciones serán tramitadas en las oficinas locales de DINAVI a excepción de las Cooperativas ubicadas en los departamentos de Montevideo, Canelones y San José que continuarán siendo emitidas por la Unidad «Registro y Control de Cooperativa y Fondo Sociales».
Estudio de factibilidad del terreno (en ANV)
Oportunamente se publicará el detalle de las fechas para la agenda y el ingreso de factibilidades en función de la RM 1916/2017.
Ingreso de Anteproyecto (en ANV)
Oportunamente se publicará el detalle de las fechas para la agenda y el ingreso de anteproyectos en función de la RM 1916/2017.
Ver calendario y documentos de interés
«…Se admitirá la presentación del Padrón Social en la etapa de Anteproyecto con la falta de 1 o 2 socios como máximo, debiendo igualmente presentar el 100% de las viviendas a construir …”. Oficio N° 13/2014 – Mvotma
Escrituración del préstamo (en ANV)
Requisitos para fijar fecha de escritura:
- Proyecto definitivo aprobado por la ANV.
- Resolución Ministerial de aprobación del préstamo.
- Permisos de construcción aprobados.
- Extensiones de agua o saneamiento construidas.
- Si se trata de una cooperativa con sistema constructivo no tradicional, se debe gestionar el documento de permisario.
Esta documentación deberá presentarse en el Departamento de Análisis y Desarrollo de Programas de la ANV. Una vez aprobado estos requisitos, se debe fijar fecha para escriturar en la División Notarial de la ANV. Las cooperativas, los IAT’s y el Escribano se deben registrar en el Departamento de Presupuesto. Para el caso de Cooperativas y los IAT’s, deben además, tener registrado sus representantes en la ANV.
Ejecución de la obra (en ANV)
Luego de proceder a la escritura deberán entregar un formulario de inspección en la Secretaría Administrativa del Área de Programas Habitacionales, solicitando Honorarios de Proyecto y Permiso de Construcción, firmado por técnico del IAT y dos representantes de la Cooperativa.
Para firmar el acta de inicio se deben presentar los siguientes documentos:
- Todos los documentos presentados deben estar firmados por el Presidente y Secretario de la cooperativa y por los técnicos de los IAT´s.
- Registro de obra en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
- Registro de obra en Banco de Previsión Social.
- Constancia expedida por Ingeniero Agrimensor de obra bien ubicada y emplazada.
- Acta de Asamblea donde el IAT informa y se toma conocimiento de las normas de seguridad e higiene en la construcción.
- Comunicación de la designación del Director de Obra.
- Acta Notarial de Medianería (si corresponde).
- Certificado de Regularidad.
Durante el desarrollo de la obra deben enviarse las Solicitudes de Inspección al siguiente correo electrónico: avances@anv.gub.uy hasta el día 24 de cada mes.
Se sugiere que a medida que avanza la obra, se vaya calculando los intereses generados y la posible cuota de amortización resultante. Para eso, están disponibles dos simuladores: de cálculo de intereses y de cálculo de cuota.
Final de obra (en ANV)
Los recaudos exigidos por el Departamento de Trabajo Social en la etapa final de obra son: informe social en formato preestablecido, padrón social, reglamento de convivencia y acta de Asamblea con la aprobación de este reglamento. Estos documentos se pueden presentar una vez que la cooperativa haya llegado al 99% de avance de obra, ya sea personalmente o por correo electrónico a la dirección trabajosocial@anv.gub.uy, entre el 1° y el 10 de enero o de julio.
Una vez que las viviendas están finalizadas se labra un Acta de Finalización Provisoria de Obra (archivo PDF), con las condiciones técnicas de habitabilidad, implicando todos los servicios conectados y en condiciones de ser habilitadas por los organismos públicos. Al igual que el Acta de Inicio de Obra, se labra con las firmas del Presidente y del Secretario de la Cooperativa, Director de Obra del Instituto de Asistencia Técnica y el Técnico de Seguimiento de la ANV.
Para proceder a liberar las retenciones se exige la presentación de los siguientes documentos:
- Para cooperativas con régimen de usuarios: la Habilitación Municipal, el Avalúo del BPS con saldo 0 (cero). El porcentaje retenido en estas cooperativas es el 2% y se libera el 50% de las retenciones por cada ítem.
- Para cooperativas con régimen de propietarios: se le agrega a lo exigido en el punto anterior las Escrituras de Novación. En este caso el porcentaje retenido es el 3% y se libera un 66,66% contra la presentación de las escrituras de Novación y un 16,66% por los otros dos ítems.
Convivencia y proceso de amortización (en ANV)
Finalizada la obra (luego de firmada el acta) el saldo de préstamo sin liberar se aplica a una amortización extraordinaria , a través de un trámite interno de la ANV. Una vez realizado, se firma el Acta de Inicio de Proceso Amortizante. A partir de entonces, la cooperativa está en condiciones de solicitar subsidios.
Para ese trámite es un requisito excluyente tener certificado de regularidad vigente
El pago de la cuota se puede hacer a través de diferentes modalidades utilizando el número de cliente:
- En locales ANV-BHU.
- En redes de cobranza habilitadas.
- Con transferencia bancaria E-BROU y BANRED.
- En caso de registrarse dificultades para atender la cuota, se debe concurrir inmediatamente a las oficinas de la ANV para informarse sobre las posibilidades de regularización, evitando la pérdida de beneficios.
fuente: www.gub.uy/ministerio-vivienda-ordenamiento-territorial-medio-ambiente