El comité ejecutivo de CUDECOOP, encabezado por su presidenta, Graciela Fernández, y Secretaria, Alicia Maneiro, presentó propuesta de mejoramiento, ajustes y actualización a la Ley General de cooperativas 18.407 y a otras legislaciones que afectan al sector cooperativo en la Cámara de Representantes a la Comisión especial de cooperativismo.
CUDECOOP viene desarrollando una tarea sistemática de reflexión sobre los principales aspectos a ser mejorados en la legislación cooperativa (Ley 18.407) o en algunas otras normas de directo interés para el sector.
Estas prioridades han sido planteadas en las Propuestas Programáticas del Movimiento Cooperativo Uruguayo (2019) así como en diversos documentos elaborados por el Grupo de Referentes Legales del Movimiento Cooperativo.
Algunos de los planteos realizados:
Las Propuestas Programáticas de CUDECOOP plantean (Cap. 4.1.4, pag. 32) que los actos cooperativos de todas las Clases Cooperativas sean considerados de manera similar; que los actos cooperativos sean exonerados de IVA; y que la distribución de excedentes o devolución del capital social no computen para el pago de IRPF de los socios que realizan estos actos cooperativos.
SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES, REGISTRO Y CONTRALOR:
a) Simplificar los aspectos que se requieren incluir en el Estatuto, previendo que varios de estos aspectos puedan estar en el Reglamento de cada cooperativa. Eventualmente especificar lo que debe ineludiblemente calificar el Registro.
b) La necesidad de simplificar el contralor que realiza la AIN, diferenciando las cooperativas según dimensión y características. De esta manera de no se atomiza la acción de AIN y se le da un sentido más estratégico al contralor.
c) Por su parte, las cooperativas de vivienda, han planteado la necesidad de evitar tener un doble control, sugiriendo que todo el contralor se realice desde el MVOTMA.
d) También se señala la necesidad de consolidar un único sistema de información público compartido entre AIN, INACOOP, ANV-MVOTMA y el Registro en el MEC.
MULTIACTIVIDAD, SECCIONES, OTRAS CLASES
Desde varias clases cooperativas se ha señalado la rigidez que implica la limitación del 20% de actividad la económica general para una sección en una cooperativa. Este aspecto debería ser flexibilizado, así como habría que estudiar la posibilitar de incorporar la multiactividad.
También se ha planteado la posibilidad de incluir algunas otras tipologías a la Ley, como ser las cooperativas de inclusión social, las micro-cooperativas de trabajo (al menos en forma transitoria hasta su consolidación), entre otras.
Por otro lado, también se sugirió afectar las siguientes leyes que también inciden en las cooperativas:
LEY 18.406 (2008) – CREACIÓN DE INEFOP
LEY 19.337 (2015) – INSTITUCIONALIZACIÓN DEL FONDES
LEY 16.906 (1998) – LEY DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES Y PROMOCIÓN INDUSTRIAL
LEY 18.975 (2011) – LEY DE PROMOCIÓN DE LA VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL
ALGUNOS TEMAS ESPECÍFICOS QUE PUEDEN SER INCLUIDAS EN LA LEY 18.407 O EN NORMAS NUEVAS.
COMPRAS PÚBLICAS
DINAMIZACIÓN DEL SECTOR FINANCIERO COOPERATIVO
fuente: www.cudecoop.coop