{"id":956,"date":"2020-08-05T16:52:22","date_gmt":"2020-08-05T19:52:22","guid":{"rendered":"http:\/\/modocooperativo.uy\/?p=956"},"modified":"2020-08-05T16:52:22","modified_gmt":"2020-08-05T19:52:22","slug":"programa-cooperativas-del-mvotma-facilitar-el-acceso-a-las-familias-a-una-solucion-habitacional","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/modocooperativo.uy\/index.php\/2020\/08\/05\/programa-cooperativas-del-mvotma-facilitar-el-acceso-a-las-familias-a-una-solucion-habitacional\/","title":{"rendered":"Programa Cooperativas del Mvotma: facilitar el acceso a las familias a una soluci\u00f3n habitacional"},"content":{"rendered":"<blockquote>\n<div class=\"Page-description\">El objetivo del programa es facilitar el acceso a las familias a una soluci\u00f3n habitacional a trav\u00e9s del sistema cooperativo, en el marco de las leyes y reglamentos vigentes que lo regulan.<\/div>\n<\/blockquote>\n<p>\u00abLas cooperativas de vivienda son aquellas que tienen por objeto principal proveer alojamiento adecuado y estable a sus socios, mediante la construcci\u00f3n de viviendas por esfuerzo propio, ayuda mutua, administraci\u00f3n directa o contratos con terceros, y proporcionar servicios complementarios a la vivienda.\u00bb<br \/>\nde acuerdo a la <a style=\"font-size: 15px;\" href=\"https:\/\/www.gub.uy\/ministerio-vivienda-ordenamiento-territorial-medio-ambiente\/institucional\/normativa\/ley-18407-fecha-24102008-ley-cooperativas-regulacion-constitucion\">Ley n\u00b0 18.407<\/a><\/p>\n<div>\n<p>Contar con un m\u00ednimo de diez socios (10) para construir viviendas nuevas y de seis socios (6) si se trata de reciclaje. El m\u00e1ximo en ambos casos es de cincuenta (50).<\/p>\n<p><strong>Los ingresos dependen de la cantidad de integrantes del grupo familiar:<\/strong><\/p>\n<div class=\"Table-wrapper\">\n<table class=\"Table Table--responsive\">\n<tbody>\n<tr>\n<th scope=\"row\">Integrantes<\/th>\n<td>1<\/td>\n<td>2<\/td>\n<td>3<\/td>\n<td>4<\/td>\n<td>5<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<th scope=\"row\">Ingresos<\/th>\n<td>40 UR<\/td>\n<td>60 UR<\/td>\n<td>\u00a072 UR<\/td>\n<td>84 UR<\/td>\n<td>96 UR<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<p>Estos criterios comenzar\u00e1n a regir para los llamados convocados a partir de la aprobaci\u00f3n de la Resoluci\u00f3n Ministerial 1573\/2017 del 11 de octubre. Regir\u00e1 para aquellas cooperativas que a\u00fan no tengan la factibilidad de terreno aprobada o condicionada, sin perjuicio de los requisitos adicionales que se puedan exigir en cada uno de los programas habitacionales ejecutados por esta Secretar\u00eda de Estado.<\/p>\n<ul>\n<li>Los socios titulares deben ser mayores de edad<\/li>\n<li>Residir en el territorio nacional<\/li>\n<li>No ser propietarios de una vivienda<\/li>\n<li>La Cooperativa debe tener contrato firmado con un Instituto de Asistencia T\u00e9cnica autorizado por el Mvotma . (Ver listado de IAT 2020 para descargar)<\/li>\n<li>Tener aprobado anteproyecto arquitect\u00f3nico en la ANV para participar del sorteo.<\/li>\n<li>El Mvotma realiza un sorteo entre las cooperativas que hayan aprobado la etapa del anteproyecto y posean certificado de regularidad vigente.<\/li>\n<li>Las cooperativas sorteadas deber\u00e1n presentar el proyecto ejecutivo.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>Pasos a seguir para formar una cooperativa<\/h3>\n<h4>Acta de fundaci\u00f3n<\/h4>\n<p>Labrar un acta de fundaci\u00f3n con asistencia de Escribano P\u00fablico, en la que se aprueba el estatuto; solicitar la personer\u00eda jur\u00eddica; e inscribir el estatuto en el Registro de Personas Jur\u00eddicas, Direcci\u00f3n General de Registros.<\/p>\n<h4>Registro de la cooperativa (en Mvotma)<\/h4>\n<ul>\n<li>Se debe registrar a la cooperativa y solicitar el Certificado de Regularidad. El primer Certificado de Regularidad de cada Cooperativa ser\u00e1 tramitado ante la Unidad de DINAVI \u00abRegistro y Control de Cooperativa y Fondo Sociales de Viviendas\u00bb ubicada en Montevideo. Las renovaciones ser\u00e1n tramitadas en las oficinas locales de DINAVI a excepci\u00f3n de las Cooperativas ubicadas en los departamentos de Montevideo, Canelones y San Jos\u00e9 que continuar\u00e1n siendo emitidas por la Unidad \u00abRegistro y Control de Cooperativa y Fondo Sociales\u00bb.<\/li>\n<\/ul>\n<h4>Estudio de factibilidad del terreno (en ANV)<\/h4>\n<p>Oportunamente se publicar\u00e1 el detalle de las fechas para la agenda y el ingreso de factibilidades en funci\u00f3n de la RM 1916\/2017.<\/p>\n<h4>Ingreso de Anteproyecto (en ANV)<\/h4>\n<p>Oportunamente se publicar\u00e1 el detalle de las fechas para la agenda y el ingreso de anteproyectos en funci\u00f3n de la RM 1916\/2017.<\/p>\n<p><strong>Ver calendario y documentos de inter\u00e9s<\/strong><\/p>\n<p>\u00ab&#8230;Se admitir\u00e1 la presentaci\u00f3n del Padr\u00f3n Social en la etapa de Anteproyecto con la falta de 1 o 2 socios como m\u00e1ximo, debiendo igualmente presentar el 100% de las viviendas a construir \u2026\u201d.\u00a0Oficio N\u00b0 13\/2014 &#8211; Mvotma<\/p>\n<h3>Escrituraci\u00f3n del pr\u00e9stamo (en ANV)<\/h3>\n<p><strong>Requisitos para fijar fecha de escritura:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Proyecto definitivo aprobado por la ANV.<\/li>\n<li>Resoluci\u00f3n Ministerial de aprobaci\u00f3n del pr\u00e9stamo.<\/li>\n<li>Permisos de construcci\u00f3n aprobados.<\/li>\n<li>Extensiones de agua o saneamiento construidas.<\/li>\n<li>Si se trata de una cooperativa con sistema constructivo no tradicional, se debe gestionar el documento de permisario.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Esta documentaci\u00f3n deber\u00e1 presentarse en el Departamento de An\u00e1lisis y Desarrollo de Programas de la ANV. Una vez aprobado estos requisitos, se debe fijar fecha para escriturar en la Divisi\u00f3n Notarial de la ANV. Las cooperativas, los IAT\u2019s y el Escribano se deben registrar en el Departamento de Presupuesto.\u00a0Para el caso de Cooperativas y los IAT\u2019s, deben adem\u00e1s, tener registrado sus representantes en la ANV.<\/p>\n<h3>Ejecuci\u00f3n de la obra (en ANV)<\/h3>\n<p>Luego de proceder a la escritura deber\u00e1n entregar un formulario de inspecci\u00f3n en la Secretar\u00eda Administrativa del \u00c1rea de Programas Habitacionales, solicitando Honorarios de Proyecto y Permiso de Construcci\u00f3n, firmado por t\u00e9cnico del IAT y dos representantes de la Cooperativa.<\/p>\n<p><strong>Para firmar el acta de inicio se deben presentar los siguientes documentos:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Todos los documentos presentados deben estar firmados por el Presidente y Secretario de la cooperativa y por los t\u00e9cnicos de los IAT\u00b4s.<\/li>\n<li>Registro de obra en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.<\/li>\n<li>Registro de obra en Banco de Previsi\u00f3n Social.<\/li>\n<li>Constancia expedida por Ingeniero Agrimensor de obra bien ubicada y emplazada.<\/li>\n<li>Acta de Asamblea donde el IAT informa y se toma conocimiento de las normas de seguridad e higiene en la construcci\u00f3n.<\/li>\n<li>Comunicaci\u00f3n de la designaci\u00f3n del Director de Obra.<\/li>\n<li>Acta Notarial de Medianer\u00eda (si corresponde).<\/li>\n<li>Certificado de Regularidad.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Durante el desarrollo de la obra deben enviarse las Solicitudes de Inspecci\u00f3n al siguiente correo electr\u00f3nico:\u00a0<a href=\"mailto:avances@anv.gub.uy\">avances@anv.gub.uy<\/a>\u00a0hasta el d\u00eda 24 de cada mes.<\/p>\n<p>Se sugiere que a medida que avanza la obra, se vaya calculando los intereses generados y la posible cuota de amortizaci\u00f3n resultante. Para eso, est\u00e1n disponibles dos simuladores: de c\u00e1lculo de intereses y de c\u00e1lculo de cuota.<\/p>\n<h3>Final de obra (en ANV)<\/h3>\n<p>Los recaudos exigidos por el Departamento de Trabajo Social en la etapa final de obra son: informe social en formato preestablecido, padr\u00f3n social, reglamento de convivencia y acta de Asamblea con la aprobaci\u00f3n de este reglamento. Estos documentos se pueden presentar una vez que la cooperativa haya llegado al 99% de avance de obra, ya sea personalmente o por correo electr\u00f3nico a la direcci\u00f3n\u00a0<a href=\"mailto:trabajosocial@anv.gub.uy\">trabajosocial@anv.gub.uy<\/a>, entre el 1\u00b0 y el 10 de enero o de julio.<\/p>\n<p>Una vez que las viviendas est\u00e1n finalizadas se labra un Acta de Finalizaci\u00f3n Provisoria de Obra (archivo PDF), con las condiciones t\u00e9cnicas de habitabilidad, implicando todos los servicios conectados y en condiciones de ser habilitadas por los organismos p\u00fablicos. Al igual que el Acta de Inicio de Obra, se labra con las firmas del Presidente y del Secretario de la Cooperativa, Director de Obra del Instituto de Asistencia T\u00e9cnica y el T\u00e9cnico de Seguimiento de la ANV.<\/p>\n<h4>Para proceder a liberar las retenciones se exige la presentaci\u00f3n de los siguientes documentos:<\/h4>\n<ul>\n<li>Para cooperativas con r\u00e9gimen de usuarios: la Habilitaci\u00f3n Municipal, el Aval\u00fao del BPS con saldo 0 (cero). El porcentaje retenido en estas cooperativas es el 2% y se libera el 50% de las retenciones por cada \u00edtem.<\/li>\n<li>Para cooperativas con r\u00e9gimen de propietarios: se le agrega a lo exigido en el punto anterior las Escrituras de Novaci\u00f3n. En este caso el porcentaje retenido es el 3% y se libera un 66,66% contra la presentaci\u00f3n de las escrituras de Novaci\u00f3n y un 16,66% por los otros dos \u00edtems.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>Convivencia y proceso de amortizaci\u00f3n (en ANV)<\/h3>\n<p>Finalizada la obra (luego de firmada el acta) el saldo de pr\u00e9stamo sin liberar se aplica a una amortizaci\u00f3n extraordinaria , a trav\u00e9s de un tr\u00e1mite interno de la ANV. Una vez realizado, se firma el Acta de Inicio de Proceso Amortizante. A partir de entonces, la cooperativa est\u00e1 en condiciones de solicitar subsidios.<\/p>\n<p>Para ese tr\u00e1mite es un requisito excluyente tener certificado de regularidad vigente<\/p>\n<p><strong>El pago de la cuota se puede hacer a trav\u00e9s de diferentes modalidades utilizando el n\u00famero de cliente:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>En locales ANV-BHU.<\/li>\n<li>En redes de cobranza habilitadas.<\/li>\n<li>Con transferencia bancaria E-BROU y BANRED.<\/li>\n<li>En caso de registrarse dificultades para atender la cuota, se debe concurrir inmediatamente a las oficinas de la ANV para informarse sobre las posibilidades de regularizaci\u00f3n, evitando la p\u00e9rdida de beneficios.<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<div>\n<div class=\"Media\">\n<div class=\"Media-body\">\n<div class=\"Download-title\"><a href=\"https:\/\/www.gub.uy\/ministerio-vivienda-ordenamiento-territorial-medio-ambiente\/sites\/ministerio-vivienda-ordenamiento-territorial-medio-ambiente\/files\/2020-07\/LISTADO_ACTUALIZADO_IATS_2020.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">Listado IATS 2020 (.pdf 99 KB)<\/a><\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<div>\n<div class=\"Media\">\n<div class=\"Media-body\">\n<div class=\"Download-title\"><a href=\"https:\/\/www.gub.uy\/ministerio-vivienda-ordenamiento-territorial-medio-ambiente\/sites\/ministerio-vivienda-ordenamiento-territorial-medio-ambiente\/files\/2020-07\/Form_1_Alta_IATs_2_1.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">Formulario alta IATS (.pdf 28 KB)<\/a><\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<div>\n<div class=\"Media\">\n<div class=\"Media-body\">\n<div class=\"Download-title\"><a href=\"https:\/\/www.gub.uy\/ministerio-vivienda-ordenamiento-territorial-medio-ambiente\/sites\/ministerio-vivienda-ordenamiento-territorial-medio-ambiente\/files\/2020-07\/Form_2_Baja_IATs_2_1.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">Formulario baja IATS (.pdf 26 KB)<\/a><\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><em>fuente: <a href=\"https:\/\/www.gub.uy\/ministerio-vivienda-ordenamiento-territorial-medio-ambiente\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">www.gub.uy\/ministerio-vivienda-ordenamiento-territorial-medio-ambiente<\/a><\/em><\/p>\n<div>\n<div>\n<div class=\"Media\"><\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El objetivo del programa es facilitar el acceso a las familias a una soluci\u00f3n habitacional a trav\u00e9s del sistema cooperativo, en el marco de las leyes y reglamentos vigentes que lo regulan. \u00abLas cooperativas de vivienda son aquellas que tienen por objeto principal proveer alojamiento adecuado y estable a sus socios, mediante la construcci\u00f3n de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":957,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[28],"tags":[277,110,53],"class_list":["post-956","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-uruguay","tag-cooperativas-de-vivienda","tag-mvotma","tag-vivienda"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/modocooperativo.uy\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/956","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/modocooperativo.uy\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/modocooperativo.uy\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/modocooperativo.uy\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/modocooperativo.uy\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=956"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/modocooperativo.uy\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/956\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":958,"href":"https:\/\/modocooperativo.uy\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/956\/revisions\/958"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/modocooperativo.uy\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/957"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/modocooperativo.uy\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=956"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/modocooperativo.uy\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=956"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/modocooperativo.uy\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=956"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}